La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió hasta el 15 de enero de 2022 el plazo para que las Fintech, como se llama a las proveedoras de servicios de pago y de cobranzas, renueven su inscripción en el Registro de Beneficios Fiscales en el impuesto sobre los créditos y débitos en cuentas bancarias.
La decisión abarca a las compañías que están encuadradas en uno de los beneficios previstos por el Decreto 301/2021, según lo dispuesto en la resolución 5089/2021 publicada hoy en el Boletín Oficial. La prórroga apunta a que estas empresas puedan mantener beneficios fiscales y cuenten con el tiempo suficiente para llevar a cabo la inscripción.
Cada contribuyente debe acceder con clave fiscal al servicio Beneficios Fiscales en el Impuesto sobre los Débitos y Créditos en Cuentas Bancarias e ingresar los datos requeridos por el sistema.
El sistema de la AFIP verificará la información existente en sus bases de datos y la situación fiscal declarada por el contribuyente. De superarse los controles, el sistema indicará si corresponde aportar documentación adicional en la dependencia en la que el solicitante se encuentre inscripto.
La solicitud tendrá una vigencia de 120 días corridos durante los cuales podrán aportarse los elementos indicados. Cumplido dicho plazo caducará y se deberá iniciar nuevamente el trámite a los fines del usufructo del beneficio.
Si el trámite resulta rechazado, el sistema emitirá un mensaje en el que indicará los motivos y si se subsana la situación que le dio origen, se podrá formalizar una nueva solicitud de inscripción.
Discussion about this post