El procurador del Tesoro, Carlos Zannini, presentó un recurso de queja para reclaman que se deje sin efecto el fallo de la jueza comercial Marta Cirulli, que dejó en suspenso la quiebra de Correo Argentino SA, del Grupo Sociedades Macri (SOCMA).
El recurso fue presentado el lunes ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, que debe resolver si confirma la quiebra decretada por Cirulli tras la apelación de los abogados de Correo Argentino con duras críticas a la intervención del Gobierno en el caso. En julio pasado, la jueza concedió con efecto “suspensivo” la apelación presentada por la empresa postal, con lo que su quiebra solo se materializará una vez confirmada por la instancia judiciales superior.
Como representante del Estado, Zannini se negó a aceptar la oferta de pago de Correo Argentino y fue determinante para que cayera la posibilidad de un salvataje. Después del fallo que decretó la quiebra, incluso dijo que pediría la extensión de la quiebra a todo el Grupo Socma, de la familia Macri y principal accionista de la firma Correo Argentino S.A.
En su carácter de representante del Estado, Zannini reiteró en su recurso los fundamentos del fallo de la jueza Cirulli para decretar la quiebra y pidió que esta sea tramitada. Consideró “carente de todo fundamento” e infundada la decisión de suspenderla.
En este sentido, sostuvo que “conceder el recurso de apelación con efecto suspensivo implica (contrariamente a lo afirmado por la jueza) permitir y tolerar nuevas demoras y dilaciones del trámite concursal”.
El procurador del Tesoro afirmó que “desde el plano empresario, hoy día no caben dudas de que Correo Argentino S.A. no tiene ninguna posibilidad de retomar actividades”. Dijo que la firma no tiene actividad comercial y que tiene un “desmesurado pasivo concursal y post-concursal”.
Al decretar la quiebra, la jueza Cirulli destacó que aunque la firma del Grupo SOCMA era pagar el 100% de su deuda con el Fisco, los únicos intereses que propuso eran los de la tasa que fijada en el contrato de concesión, con lo que no se compensaba “ni remotamente” lo adeudado “por falta de pago de los cánones mensuales” devengados desde 2001 hasta el cese de la concesión dispuesta en 2003 por el Gobierno de Néstor Kirchner.
Discussion about this post