El Ministerio de Agricultura aplicó nuevas exigencias para exportar carne, granos y lácteos con el objetivo de «reducir al máximo la existencia de operadores informales».
Mediante la resolución 60/2021, publicada hoy en el Boletín Oficial, se endurecieron los alcances del Reglamento para la Inscripción en el Registro Único de Operadores de la Cadena Agroindustrial (RUCA) con el alegado propósito de «evitar distorsiones» en las exportaciones agropecuarias, el principal ingreso de divisas al país.
«Se han constatado ciertas modalidades de actuación en la operatoria comercial exportadora, de las distintas cadenas de productos, que generan distorsiones en la actividad comercial y dificultan el pleno ejercicio de las potestades tributarias y de control cambiario a cargo de las autoridades competentes», según el texto en momentos en que se registra un récord de exportaciones agrícolas.
Por tal motivo, Agricultura aseguró que la nueva normativa apunta a «reducir al máximo la existencia de operadores en circuitos marginales, informales e insolventes, que son los que mayores distorsiones producen en el adecuado funcionamiento del mercado interno y exportador».
La medida, que aumenta los controles del Estado dentro de un esfuerzo por frenar la inflación , es rechazada por las asociaciones de productores agropecuarios.
Los exportadores de granos deberán informar detalle de cuentas bancarias con las que opera, movimientos bancarios de los últimos seis meses y líneas de financiamiento otorgadas por las entidades informadas. Además, tendrán que presentar el plan de trabajo proyectado para el próximo año, con detalle de mercadería a exportar, volúmenes, proveedores y destinos, entre otros puntos.
Por su parte, los exportadores de granos y carnes, además de lo que se le pide a los de granos, tendrán que presentar la constancia de ingresos de divisas del último año para el caso de haber realizado operaciones de exportación. A los exportadores de lácteos se les exigirá lo mismo que a los otros.
Los titulares de los establecimientos matriculados que presten servicios de exportación a terceros matriculados en este Registro, serán mancomunada y solidariamente responsables por los incumplimientos de los requisitos.
«La medida propiciada brindará un horizonte de mayor certidumbre no solo para los interesados en participar en la actividad, sino también para los compradores extranjeros, creando un entorno que contribuya a consolidar más aun la industria agroexportadora de nuestro país, instalándola como marca distintiva en el mundo», subrayó la resolución.
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